"TODAS LAS ACCIONES QUE SE TOMAN EN BUSCA DE LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE, NO TIENEN UNA FINALIDAD EN SI MISMAS, SINO QUE COBRAN SENTIDO CUANDO APUNTAN A MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DEL HOMBRE Y SU HABITAT".
"ES UN DERECHO DE LA POBLACION GOZAR DE UN AMBIENTE SANO Y APTO PARA EL DESARROLLO HUMANO".
Constitución Nacional Argentina
Con la Reforma de la Constitución Argentina de 1994, la Argentina consagra expresamente la protección del medio ambiente. En efecto, la Constitución Nacional en su art. 41, establece que "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfasan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos."
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos."
Leyes nacionales
* Ley 25.675, denominada "Ley General del Ambiente" que establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. La política ambiental argentina está sujeta al cumplimiento de los siguientes principios: de congruencia, de prevención, precautorio, de equidad intergeneracional, de progresividad, de responsabilidad, de subsidiariedad, de sustentabilidad, de solidaridad y de cooperación.
* Ley 25.612 que regula la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicio, que sean generados en todo el territorio nacional, y sean derivados de procesos industriales o de actividades de servicios.
* Ley 25.670] que sistematiza la gestión y eliminación de los PCBs, en todo el territorio de la Nación en los términos del art. 41 de la Constitución Nacional. Prohíbe la instalación de equipos que contengan PCBs y la importación y el ingreso al territorio nacional de PCB o equipos que contengan PCBs.
* Ley 25.688] que establece el "Régimen de Gestión Ambiental de Aguas" consagra los presupuestos mínimos ambientales para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional. Para las cuencas interjurisdiccionales se crean los comités de cuencas hídricas.
* Ley 25.831] sobre "Régimen de libre acceso a la Información Pública Ambiental" que garantiza el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas.
* Ley 25.916] que regula la gestión de residuos domiciliarios.
* Ley 26.331] de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos.
* Ley 26.562 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema en todo el Territorio Nacional.
* Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial.
* Ley 25.612 que regula la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicio, que sean generados en todo el territorio nacional, y sean derivados de procesos industriales o de actividades de servicios.
* Ley 25.670] que sistematiza la gestión y eliminación de los PCBs, en todo el territorio de la Nación en los términos del art. 41 de la Constitución Nacional. Prohíbe la instalación de equipos que contengan PCBs y la importación y el ingreso al territorio nacional de PCB o equipos que contengan PCBs.
* Ley 25.688] que establece el "Régimen de Gestión Ambiental de Aguas" consagra los presupuestos mínimos ambientales para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional. Para las cuencas interjurisdiccionales se crean los comités de cuencas hídricas.
* Ley 25.831] sobre "Régimen de libre acceso a la Información Pública Ambiental" que garantiza el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas.
* Ley 25.916] que regula la gestión de residuos domiciliarios.
* Ley 26.331] de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos.
* Ley 26.562 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema en todo el Territorio Nacional.
* Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial.
Principales tratados internacionales en materia ambiental ratificados por la Argentina.
* Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.
* Protocolo de Kyoto.
* Convención de las Naciones Unidas sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
* Protocolo de Montreal, relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono.
* Acuerdo Marco sobre Medio Ambiente del MERCOSUR.
* Convención de las Naciones Unidas para la Lucha contra la Desertificación.
* Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación|Convención de Basilea.
* Convenio sobre la Diversidad Biológica.
* Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente.
* Convenio de Ramsar - Convención sobre Humedales de Importancia Internacional.
* Convenio de Viena para protección de la Capa de Ozono.
* Protocolo de Kyoto.
* Convención de las Naciones Unidas sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
* Protocolo de Montreal, relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono.
* Acuerdo Marco sobre Medio Ambiente del MERCOSUR.
* Convención de las Naciones Unidas para la Lucha contra la Desertificación.
* Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación|Convención de Basilea.
* Convenio sobre la Diversidad Biológica.
* Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente.
* Convenio de Ramsar - Convención sobre Humedales de Importancia Internacional.
* Convenio de Viena para protección de la Capa de Ozono.